La Agencia Estatal De Seguridad Aerea (AESA) Rectifica. Los/as Bomberos Forestales Si Pueden Notificar Incidencias Aereas Bajo El Sistema De Notificación De Sucesos (SNS)

El próximo 17 de julio se cumplirán 5 años del accidente sufrido por el helicóptero Sokol W-3AS matrícula EC-LQA perteneciente a la ya extinta Hispánica Aviación S.A. (absorbida por Pegasus Aero Group) en el municipio de Villanueva de la Cañada, Madrid. Perteneciendo éste al plan INFOMA con base en Valdemorillo y que transportaba una brigada de bomberos forestales compuesta por 10 personas. Previamente al accidente, el helicóptero había mostrado síntomas de lo que estaba por venir, donde se registraron hasta en 6 ocasiones *Clave 0: helicóptero inoperativo, incluyendo un cambio de turbina.

     En ningún momento se sustituyó el helicóptero, ni se trasladó ningún tipo de información a las brigadas sobre lo que estaba sucediendo y eso aumentó la desconfianza y miedo entre los profesionales. Los mismos trabajadores describían la situación en aquel momento con declaraciones del tipo  ̈cuando terminábamos la jornada, nos íbamos con la sensación de dejar la patata caliente al turno que trabajaba al día siguiente ̈.

     En una reunión post-accidente, Hispánica Aviación S.A. nos negó haber tenido averías, aunque finalmente reconoció dos previas al accidente.

     Todos estos hechos, sumados a la opacidad de las empresas, nos hicieron contactar directamente con la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) informándoles de la situación a nivel autonómico en la Comunidad de Madrid como en el resto del estado y solicitándoles lo siguiente:

“Por todo lo anterior, solicitamos:

La apertura de una vía de contacto ágil, dónde se nos indique: la forma de dirigirnos para denunciar las irregularidades y anomalías que vamos detectando desde los distintos dispositivos.

Confirmación de la inclusión en el sistema de notificación de sucesos (SNS) al personal implicado en la operación de lucha contra incendios forestales.

Canal de consultas técnicas para el personal implicado en la operación.Solicitamos la regularización de la formación en materia de CRM para el personal helitransportado, no entendiendo la exclusión en el RD750/2014 del personal especialista.”

     La respuesta de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) cuanto menos fue sorprendente en aquel 2016 y con las circunstancias que habían rodeado dicho accidente, contestándonos lo siguiente, en relación a la solicitud para poder notificar sucesos a través del Sistema de Notificación de Sucesos (SNS) de AESA:

“…sobre la inclusión en el sistema de notificación de sucesos del personal que trabaja en labores de lucha contra incendios forestales, señalar que este personal no se encuentra entre los sujetos a notificar según el Reglamento (UE, 376/2014, de 3 de abril de 2014, relativo a la notificación de sucesos en aviación civil.”

5 años después, y en una reunión mantenida con los/as compañeros/as  del Sindicato Libre de Trabajadores Aereos (SLTA) el pasado 3 de junio, sindicato con el que llevamos trabajando mas de 6 años directamente y a través de la Plataforma de Asociaciones y Sindicatos de Bomberos Forestales (PASBF), donde se pone sobre la mesa nuevamente la solicitud que desde FIRET realizamos en aquel momento y donde la Agencia Estatal de Seguridad Aérea rectifica en voz de Isabel Maestre, Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

     La rectificación no viene dada por que AESA entienda, 5 años después, que una forma de mejorar la seguridad aérea pasa por que el personal que trabaja directamente con medios aéreos y que no esta obligado a notificar pueda hacerlo, si no por el hecho establecido en la normativa nacional y europea que establece dos sistemas de notificación para el personal no obligado a ello a través del Sistema de Notificación de Sucesos (SNS) y nos traslada que así se lo hagamos saber al personal que esta relacionado directamente con los trabajos aéreos, incluyendo a los/as bomberos/as forestales que trabajan con medios aéreos y a la representación de los trabajadores de los servicios de extinción de incendios forestales.

     El Reglamento (UE) 376/2014 establece obligaciones explícitas de notificación tanto a personas (piloto al mando de la aeronave, personas dedicadas al diseño y a la fabricación, personal de mantenimiento, proveedores de servicios, etc.) como a las organizaciones que, en el ejercicio de sus funciones, tengan conocimiento de sucesos acontecidos. Pero también establece que las personas no obligadas a notificar podrán realizar una notificación cuando perciban que los hechos pueden suponer un peligro real o potencial para la seguridad aérea sin que exista un plazo definido para ello.

     Las dos vías básicas de notificación son las siguientes:

PRIMERO.- A través del Sistema de Notificación de Sucesos (SNS). Las notificaciones a través de SNS son desidentificadas y se gestionan sin datos personales. Por esta vía puede notificar cualquier trabajador u organización de manera anónima. En el siguiente enlace podemos bajarnos los formularios para notificar a través del sistema SNS, donde viene el correo específico para enviar dichas notificaciones, dirección de correo electrónico sucesos.aesa@seguridadaerea.es

https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/gestion-de-la-seguridad-operacional/sistema-de-notificaci%C3%B3n-de-sucesos/notifica-un-suceso

SEGUNDO.- Registrando directamente las incidencias en la Agencia  Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Hay que tener en cuenta que bajo esta vía de notificación AESA esta obligada a facilitar los datos de la notificación y de quien notifica a la empresa o empresas implicadas, con lo que no es anónimo. Esta vía de notificación esta mas enfocada a que la realicen las organizaciones de representación de los trabajadores cuando los hechos notificados son muy graves. Básicamente es la misma fórmula que utilizamos desde FIRET en su día para solicitar que se nos incluyera en el sistema SNS.

     Para mas información sobre quién debe notificar os dejamos en siguiente enlace:

https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/gestion-de-la-seguridad-operacional/sistema-de-notificaci%C3%B3n-de-sucesos/quien-debe-notificar

     Agradecer al Sindicato Libre de Trabajadores Aéreos (SLTA) el apoyo y trabajo que están realizando en favor de los compañeros y compañeras bomberos forestales.    

  Recordaros que cualquier incidencia de la que tengáis conocimiento durante las tareas y el día a día en los dispositivos helitransportados relacionada con los helicópteros podéis hacérnosla llegar para que desde FIRET valoremos la posible notificación directa  a AESA.

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